Es Ley: la tenencia de pornografía infantil es delito

Es Ley: la tenencia de pornografía infantil es delito

El proyecto que establecía que la tenencia de pornografía infantil es delito fue aprobado por 211 votos afirmativos, cero negativos y dos abstenciones. De esta manera, no solo será penada su comercialización y distribución. “El que tiene pornografía infantil es un pedófilo, es el paso previo para la materialización del abuso, no tenemos que tener miedo de decirlo”, sentenció la diputada radical Gabriela Burgos.

Esta iniciativa, que ya había sido aprobada en noviembre del año en el Senado, modificó el artículo 128 del Código Penal, y estableció penas de entre tres y seis años de prisión por el delito de simple tenencia de material pornográfico infantil. “Tenemos que ser conscientes porque esto va en aumento”, afirmó Burgos, al tiempo que advirtió que existen fuertes los negocios pornográficos detrás de la tecnología.

“El que tiene pornografía infantil es un pedófilo, es el paso previo para la materialización del abuso, no tenemos que tener miedo de decirlo”, destacó la legisladora y señaló: “Hay ganancias de 250 millones anuales con estos delitos, Argentina está entre los 10 países del mundo que más baja en internet pornografía infantil y está entre los 3 de la región en producir este tipo de material”.

En ese sentido, la representante de Unidad Justicialista, Ivana Bianchi destacó que “en el mundo se obliga a los niños a prostituirse y solo en la Argentina hay 15 a 20 casos por día de denuncias de abuso infantil”. “Subimos al puesto 10 en lo que es la prostitución infantil según la Organización Mundial de la Salud, por eso esta ley es sumamente importante”, sentenció.

En tanto, el proyecto para la Prevención y sanción al acoso sexual callejero fue enviado, nuevamente, a comisión. “Tenemos en el Código Penal varios delitos que son de difícil prueba, pero como queremos que esto salga y se mantenga la jerarquía de una nueva figura penal, me comprometo a trabajarlo con todos los aportes para que la próxima sesión lo estemos aprobando. Esto no significa dar un paso atrás”, aseguró María Gabriela Burgos, impulsora del proyecto.

Vale destacar que esta iniciativa busca incorporar el artículo 129 bis al Código Penal y establece que , “al que, mediante gestos, expresiones, palabras o contacto físico indebido o arrinconamiento con connotación sexual, perturbare en lugares públicos o de accesos públicos, la dignidad, libertad e integridad física, psicológica y sexual o el libre tránsito de una persona con motivo de género, identidad u orientación sexual».

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